Conciliación con letra pequeña: el permiso parental de 8 semanas que no se cobra... ni genera vacaciones

El permiso parental de ocho semanas, introducido en España en junio de 2023, busca facilitar la conciliación entre la vida laboral y familiar. Sin embargo, su falta de remuneración y otras problemáticas han generado numerosas controversias legales y críticas por incumplimiento de la normativa europea.

Falta de remuneración y conflicto legal 

A pesar de su implementación, el permiso parental en España sigue sin estar retribuido, lo cual incumple lo dispuesto por la Directiva (UE) 2019/1158, que exigía a los Estados miembros remunerar al menos dos semanas del permiso parental antes del 2 de agosto de 2024. Actualmente, en España esta cuestión sigue sin estar resuelta. 

Esta situación ha generado gran conflictividad en la jurisdicción social. Concretamente, al menos ha habido un pronunciamiento donde se reconoce el derecho de una trabajadora (funcionaria) a disfrutar del permiso parental de ocho semanas retribuido (Sentencia Nº 23/2025 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cuenca), señalando este Juzgado la obligatoriedad de retribuir el permiso a la Administración. 

Dicha sentencia refiere que si la Administración se niega a conceder el permiso parental retribuido, ello vulnera los principios de igualdad y conciliación laboral. 

No obstante, habrá que esperar a más pronunciamientos en este sentido, sobre todo, teniendo en cuenta el razonamiento que puede hacer el Tribunal Supremo sobre estas cuestiones y el peso sobre las medidas a tomar que ello puede conllevar.


Reacciones y consecuencias 

La falta de remuneración ha llevado a que el permiso sea considerado ineficaz para muchos trabajadores, ya que no pueden permitirse económicamente tomarlo sin sueldo. 

No obstante, al tratarse de un derecho expresamente contemplado en la legislación laboral, la empresa no puede negarse a conceder este permiso parental al trabajador. 


¿Y las vacaciones? Otro punto de fricción 

Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha resuelto que durante el permiso parental no se devengan vacaciones, al entenderse como una suspensión del contrato y no como tiempo de trabajo efectivo. 

Esto supone un nuevo obstáculo para su uso: además de no estar retribuido, puede implicar una pérdida de días de descanso anual. 

Una interpretación que ha generado críticas por vaciar de contenido un derecho cuya finalidad es precisamente proteger el tiempo familiar y la conciliación. 


En conclusión, cabe destacar que el permiso parental de ocho semanas representa un avance en la legislación laboral española, pero su falta de remuneración limita seriamente su efectividad y requiere de una adaptación urgente de las medidas de la Directiva por el legislador español, de manera que no se vaya en detrimento de los derechos del trabajador. 

Es crucial que se implementen medidas para garantizar que este derecho sea accesible y real para todos los trabajadores, cumpliendo así con la normativa europea y promoviendo una verdadera conciliación entre la vida laboral y familiar. Si te encuentras en esta situación no dudes en ponerte en contacto con nosotros para defender tus derechos. 


En Uncibay Abogados estamos contigo.



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